Tramitación ayudas NEXT GENERATION
Información general ayudas NEXT GENERATION, PROGRAMA 4
- Pueden solicitar la ayuda exclusivamente personas físicas
- Limitado al uso residencial y para primera vivienda. Necesidad de estar empadronada en la vivienda la persona que solicita la ayuda; debe ser propietario, usufructuario o inquilino con contrato.
- El presupuesto de la actuación debe superar un importe de los 1.000€.
- Ayudas retroactivas para sustituciones realizadas con posterioridad a 1 de febrero de 2020.
- La ayuda asciende al 40% de la inversión total (material, instalación y gastos de certificación energética y tramitación, todo con IVA incluido) con un máximo 3.000 €.
- Acumulable a otras ayudas, por ejemplo desgravación en renta (estatales) o descuento en IBI (municipales, en algunos municipios).
- No se aceptan casos donde la vivienda está catalogada como protegida.
- Toda la documentación debe ir a nombre del beneficiario de la ayuda (debe figurar como ordenante de los pagos, figurar en presupuesto y factura, figurar en los Anexos, etc…).
Documentación/información necesaria para lanzar encargo
- Referencia catastral del inmueble y dirección exacta
- CIF de la Comunidad del edificio donde se encuentra la vivienda, si aplica
- Nombre, apellidos, NIF de la persona que solicita la ayuda
- Persona de contacto (nombre/teléfono) para realizar las visitas a la vivienda
- Contrato de arrendamiento o usufructo, si aplica
- Presupuesto firmado por las dos partes de la actuación que se va a realizar.
- Nota Simple o escritura completa de la vivienda.
- Fecha prevista de obra
- Facturas y justificantes de pago realizados al finalizar la actuación.
Calendario comunidades autónomas abiertas:
Islas Baleares:
30 de junio de 2025
Cataluña:
- Municipio Barcelona y Area Metropolitana de Barcelona: 30 de Junio de 2026
- Resto Cataluña: 31 de diciembre de 2025
Región de Murcia:
31 de julio de 2025
Comunidad Valenciana:
27 de febrero de 2026