7 Preguntas habituales sobre el certificado energético de una vivienda

certificado energético de una vivienda

Desde enero de 2013 es obligatorio que todas las viviendas que se vendan o alquilen en España tengan un Certificado de Eficiencia Energética.

Es decir, se trata de un informe impuesto por Europa, que afecta a millones de propietarios. El arquitecto Héctor Machín ha aclarado las dudas y preguntas sobre el certificado energético. Por ejemplo, recuerda que no es posible vender o alquilar un inmueble sin un certificado, cuyo coste debe asumir el propietario.

Pero en certificadodecasa.com te traemos preguntas sobre el certificado energético de una vivienda, qué es y en qué consiste. Veamos más de este tema.

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¿Qué es un certificado energético?

Se trata de un certificado imprescindible a la hora de vender o alquilar un inmueble. Un certificado energético proporciona información sobre el consumo de energía y las emisiones de CO2 de un inmueble que se anuncia para su venta o alquiler.

En España, desde el 1 de junio de 2013, es obligatorio aportar un certificado energético cuando se alquila o vende una vivienda o local. La obligación de exhibir el certificado energético está regulada en España por el Real Decreto 390/2021. La regulación del certificado energético se basa en una directiva europea que ya cumplen todos los Estados miembros.

Es responsabilidad del propietario de la vivienda obtener este certificado energético y el propietario debe solicitar los servicios de un técnico certificador para obtener el certificado energético.

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¿Cómo es un certificado energético?

El Certificado Energético es un informe que contiene mucha información sobre el edificio, como su orientación, ubicación, envoltura, iluminación y sistemas de producción de energía.

La primera página del certificado energético contiene los datos generales del edificio y los datos del ingeniero certificador. En la parte inferior del certificado figura la calificación energética global del edificio en términos de emisiones de dióxido de carbono liberadas a la atmósfera, expresada en una escala de la A a la G.

Esta calificación aparecerá en la etiqueta de eficiencia energética una vez registrado el certificado energético. ¿Te interesa conocer más de las preguntas sobre el certificado energético? Continúa leyéndonos a continuación.

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7 Preguntas sobre el certificado energético y eficiente

He aquí las Preguntas sobre el certificado energético para viviendas.

1- ¿Qué es el certificado energético de una vivienda?

Un certificado de eficiencia energética es un documento firmado por un técnico competente en la materia (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero) como resultado de un proceso de certificación, que contiene información sobre las características energéticas y la evaluación de la eficiencia energética de un edificio o parte de él.

Además, contiene información sobre los elementos estructurales del edificio y su equipamiento. Un certificado de eficiencia energética es una evaluación energética de un edificio basada en sus emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera y su consumo de energía.

2- ¿Qué es una etiqueta de eficiencia energética?

La etiqueta de eficiencia energética es una clasificación alfabética de siete letras de los edificios, desde la G (edificio menos eficiente) hasta la A (edificio más eficiente), según dos indicadores. Estos indicadores son los que tomarán sus valores del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

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3- ¿Qué edificios están obligados a obtener un certificado de eficiencia energética?

Hay tres casos en los que es obligatorio obtener un certificado de eficiencia energética, según define el Real Decreto 235/2013.

  • Edificios de nueva construcción.
  • Un edificio existente o una parte de un edificio que se va a vender o alquilar a un nuevo inquilino (pero sin un certificado vigente).
  • Un edificio o parte de un edificio en el que las autoridades públicas ocupan más de 250 m2 de la superficie útil total y en el que el público tiene acceso regular.

4- ¿Qué viviendas no requieren un certificado de eficiencia energética?

El Real Decreto define una serie de edificios que no necesitan ser certificados:

  • Edificios y monumentos que están oficialmente protegidos por formar parte de un entorno declarado o por tener un valor arquitectónico o histórico específico.
  • Edificios o partes de edificios que se utilizan exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
  • Edificios temporales destinados a ser utilizados por un periodo inferior a dos años.
  • Edificios industriales, de defensa o agrícolas o partes de edificios destinados a talleres no residenciales, procesos industriales, de defensa o agrícolas.
  • Edificios que se adquieren para su renovación o demolición.
  • Edificios residenciales existentes o partes de edificios que se utilizan durante menos de 4 meses al año o durante un periodo de tiempo limitado al año y cuyo consumo energético previsto es inferior al 25% de lo que sería si se utilizaran durante todo el año.

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5- ¿Quién es el responsable de obtener y etiquetar el certificado de eficiencia energética?

Según el artículo 5 del Real Decreto, es el promotor o propietario del edificio o de una parte del mismo quien encarga la certificación energética del edificio y concede el derecho a utilizar la etiqueta de eficiencia energética. Por lo tanto, es el promotor o propietario del edificio el responsable de exhibir la etiqueta en todas las ofertas, promociones y anuncios destinados a la venta o alquiler del edificio o unidad inmobiliaria.

6- ¿Cuándo mostrarse el certificado de eficiencia?

Según el Real Decreto 235/2013, cualquier oferta, promoción o anuncio de venta o alquiler de un inmueble debe incluir la calificación energética del mismo. En caso de venta, el vendedor debe entregar al comprador una copia original del certificado energético. En el caso de un alquiler, debe adjuntarse una copia al contrato de alquiler.

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7- ¿Qué inmuebles están obligados a obtener un certificado de eficiencia energética?

Todas las viviendas, pisos, casas y chalets que se venden o alquilan están obligados a obtener un certificado energético. Los alquileres vacacionales y las viviendas locales con una ocupación anual inferior a cuatro meses no están obligados a obtener un certificado energético, ya que no se alquilan según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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